Bases del Concurso Público de Proyectos del Sernac
BASES CONCURSO PÚBLICO DE PROYECTOS DEL FONDO PARA EL
FINANCIAMIENTO DE INICIATIVAS DE ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES,(Artículo 11 bis, Ley Nº 19.496).
LLAMADO 2006
El Consejo de Administración del Fondo Concursable para el financiamiento de iniciativas
de Asociaciones de Consumidores convoca al CONCURSO DE PROYECTOS AÑO 2006,
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 bis, de la Ley Nº 19.496, que establece normas
sobre protección de los derechos de los consumidores; el D. S. Nº 37, de la Subsecretaría
de Economía, de 13 de enero de 2005, publicado en el Diario Oficial de 15 de abril de
2005, que establece el Reglamento del citado Fondo Concursable y en las siguientes
Bases:
1. ANTECEDENTES GENERALES.
1.1. Objetivos del Concurso.
El Fondo Concursable, creado en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 bis de la Ley Nº
19.496, en adelante el Fondo, tiene por objeto el financiamiento total o parcial de proyectos referidos a las siguientes iniciativas, propias de las Asociaciones de Consumidores:
a) Difundir el conocimiento de las disposiciones de la Ley Nº 19.496, y sus modificaciones, sobre protección de los derechos de los consumidores y sus
regulaciones complementarias;
b) Informar, orientar y educar a los consumidores para el adecuado ejercicio de sus derechos y brindarles asesoría cuando la requieran;
c) Estudiar y proponer medidas encaminadas a la protección de los derechos de los consumidores y efectuar o apoyar investigaciones en el área del consumo, y
d) Participar en los procesos de fijación de tarifas de los servicios básicos domiciliarios, conforme a las leyes y reglamentos que los regulen.
No podrán concursar proyectos cuyos objetivos se orienten a desarrollar acciones o actividades de representación de los miembros de las Asociaciones de Consumidores, o al ejercicio de las acciones a que se refiere la Ley Nº 19.496, en defensa de aquellos consumidores que les otorguen el respectivo mandato.
Tampoco podrán las Asociaciones presentar proyectos que se vinculen con la representación del interés colectivo y difuso de los consumidores ante autoridades jurisdiccionales o administrativas, mediante el ejercicio de las acciones y recursos que
procedan.
Bases Concurso Asociaciones de Consumidores 2006
1.2. Concursantes.
Podrán participar en el Concurso todas las Asociaciones de Consumidores que se encuentren constituidas en conformidad con lo dispuesto en el Título II, párrafo 2º, de la Ley Nº 19.496, y sus modificaciones, que tengan a lo menos seis meses de vigencia a la fecha de la postulación y que se encuentren inscritas en el Registro de personas jurídicas receptoras de fondos públicos del Servicio Nacional del Consumidor.
Estarán inhabilitadas para presentar proyectos a este Concurso aquella Asociaciones de Consumidores que, al tiempo de la postulación, mantengan pendientes con el Servicio Nacional del Consumidor la ejecución de cualquier proyecto, sus rendiciones de cuentas o informes, o que tengan dentro de sus directivos personas naturales que integren
Asociaciones de Consumidores que se encuentren en esa situación.
1.3. Líneas del concurso.
El Concurso contempla una Línea de Proyectos de Relevancia Nacional y otra de proyectos de carácter Regional o Local. Se entenderá por proyecto de relevancia nacional aquel cuya ejecución se realice en al menos 3 regiones; regional aquel cuya ejecución se verifique en dos regiones o en diversas comunas de una región; y, local, los que sólo se refieren a una comuna o localidad específica.
Cada Asociación de Consumidores podrá presentar el número de proyectos que estime pertinentes, en cualquiera de las líneas del Concurso.
1.4. Antecedentes obligatorios.
Al momento de la postulación de cada proyecto, la Asociación de Consumidores responsable deberá presentar los siguientes antecedentes:
a) Formulario Único de Postulación, debidamente completado;
b) Certificado de vigencia de la Asociación de Consumidores, con individualización de su
Directorio, extendido por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción;
c) Declaración jurada simple del Directorio de la Asociación, que señale que ésta no se encuentra en alguno de los supuestos previstos en el artículo 9 de la Ley Nº 19.496;
d) Fotocopia autorizada ante Notario de la Cédula Nacional de Identidad, del representante legal de la Asociación;
e) Al menos dos cotizaciones que respalden las solicitudes financieras y presupuestarias del proyecto;
f) Currículo de los profesionales o técnicos calificados contratados a honorarios,
cuando corresponda; Bases Concurso Asociaciones de Consumidores 2006.
g) Antecedentes de experiencia de la Asociación en materias relacionadas con el proyecto postulado, cuando corresponda.
h) Declaración jurada del Directorio de la Asociación, en la cual se declare que ninguno
de sus integrantes son miembros de alguna Asociación de Consumidores que mantenga pendientes con el Servicio Nacional del Consumidor la ejecución de
cualquier proyecto o sus rendiciones de cuentas o informes.
Considerada la salvedad de la letra f), la omisión de cualquiera de estos antecedentes al momento de la postulación, determinará su rechazo. Aquellas asociaciones que postulen más de un proyecto podrán presentar los antecedentes de las letras b), c), d) y h) en original en uno solo de ellos, siendo suficientes la entrega de copias en los restantes.
El Secretario Ejecutivo del Consejo de dministración del Fondo, en adelante el Secretario Ejecutivo, certificará el hecho de encontrarse inscrita la Asociación postulante en el Registro de personas jurídicas receptoras de fondos públicos del Servicio Nacional del Consumidor.
1.5. Dotación de recursos del Fondo para el Concurso.
El Fondo contará con un total de $ 100.000.000.- (Cien millones de pesos) para ser asignados en el presente Concurso de Proyectos. La línea de proyectos de relevancia nacional estará dotada con el 60% de este monto, y la de relevancia regional y local, con el 40% restante.
Con todo, el Consejo de Administración del Fondo podrá modificar los referidos porcentajes, considerando el número de proyectos presentados, los resultados de su evaluación y/o los recursos efectivamente solicitados por los postulantes, en las
respectivas líneas de proyectos. Cada proyecto postulante deberá solicitar recursos por un monto mínimo de $ 3.000.000.- (Tres millones de pesos).
1.6. Duración de los proyectos.
Los proyectos que se presenten en este Concurso deberán considerar su ejecución íntegra al 31 de diciembre de 2006.
1.7. Aceptación de las Bases.
La sola postulación al presente Concurso Público de Proyectos 2006, implica el conocimiento y aceptación de estas Bases.
